Fiscalidad Crowdlending: Cómo declarar inversiones crowdlending en España

El crowdlending se encuentra en auge en España y para beneficiarnos de ello es importante que sepamos cómo declarar crowdlending. En este artículo voy a ayudarte a entender cómo declarar las inversiones, qué impuestos hay que pagar y el funcionamiento de la fiscalidad crowdlending en España.

El crowdlending es una inversión alternativa a las condiciones de la banca tradicional que nos permite generar ingresos de manera pasiva. Sin embargo, como toda inversión, debemos declarar las ganancias obtenidas mediante crowdlending. Si quieres aprender acerca de cómo tributar el crowdlending en España, ¡sigue leyendo!

Advertencia: Lo expuesto en este artículo NO es en ningún caso asesoramiento fiscal o jurídico. Es tu responsabilidad informarte en las fuentes oficiales o consultar con un asesor fiscal si fuese necesario.

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¿Cuándo declarar las inversiones en Crowdlending?

Los intereses obtenidos mediante crowdlending tributan como rendimiento del capital mobiliario y están sujetos al Artículo 25 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, IRPF.

En España, la fiscalidad del crowdlending no se aplica a las inversiones individuales sino al conjunto de ganancias de inversiones que tributan como rendimiento de capital mobiliario de modo general. Es decir, todos los rendimientos de capital mobiliario se suman y las pérdidas patrimoniales sufridas en este mismo ejercicio se restan.

¿Qué impuestos se pagan por las inversiones crowdlending?

El impuesto que se nos aplica en el IRPF es el siguiente:

  • 19% para las cantidades inferiores a 6.000€
  • 21% para las cantidades entre 6.000€ y 50.000€
  • 23% para las cantidades entre 50.000€ y 200.000€
  • 27% para las cantidades entre 200.000€ y 300.000€
  • 30% para las cantidades superiores a 300.000€

Ten en cuenta que estas cantidades se refieren a la suma total de las ganancias obtenidas no solo en todas las plataformas de inversion en crowdlending sino de todos los rendimientos de capital mobiliario (intereses de cuentas bancarias, fondos bancarios, etc)

Para responder a las preguntas más frecuentes sobre fiscalidad crowdlending, he invitado a Lluisa Ochoa, Doctora en Derecho Financiero y Tributario, y experta en fiscalidad. En el vídeo nos aclaró algunas cuestiones sobre cómo declarar ganancias en crowdlending y pagar impuestos de nuestras inversiones en crowdlending.

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¿Retenciones en crowdlending?

La mayoría de las plataformas de crowdlending en España retienen impuestos en origen para entregarlo directamente a Hacienda y esto aparecerá descrito como tal en nuestra Declaración de la Renta.

No ocurre lo mismo con plataformas de crowdlending extranjeras. La gran mayoría de plataformas de crowdlending extranjeras no retienen impuestos en origen, pero algunas si lo hacen. En ese caso esa retención no aparecerá en la declaración de la renta en España. Por ejemplo, las plataformas que tienen su sede en Letonia y Lituania retienen impuestos en origen.

Plataformas letonas que retienen impuestos en origen:

Estas retienen un 5% si resides en España o en otro país de la UE, sin necesidad de presentar certificado de residencia fiscal.

Las siguientes, son plataformas lituanas que retienen un 15 %, pero podrás presentar certificado de residencia fiscal para beneficarte de una reducción en la retención aplicada.

Si envías un certificado de residencia fiscal de tu país, si existe un acuerdo de doble tributación podrán retenerte una cantidad menor. Por ejemplo, si resides en España y envías el certificado de residencia te retendrán un 10% de los intereses ganados.

Posteriormente, al hacer la declaración podrás imputar la cantidad retenida para que no se aplique una doble imposición y no pagues impuestos dos veces.

¿Sabías que muchas plataformas de crowdlending ofrecen un bonus de bienvenida para nuevos inversores? AQUÍ podrás encontrar un listado de las plataformas de inversión que lo ofrecen y beneficiarte de ese bonus y rendimiento extra.

¿Cómo y cuándo debemos de informar sobre las inversiones en el extranjero?

En España, hay que declarar los bienes en el extranjero si el importe total es mayor de 50.000€, y estarás obligado a presentar el Modelo 720 o Declaración de Bienes en el Extranjero.

Se deberá presentar el modelo 720 cuando el valor total de los bienes supere los 50.000 euros, siendo esta obligación independiente para cada bloque, es decir, que puede existir la obligación de informar sobre uno o dos bloques sin que sea necesario declarar los demás.

Bloque 1: Cuentas y depósitos bancarios: Engloba las cuentas corrientes, cuentas de ahorro y depósitos mantenidos en entidades financieras ubicadas en el extranjero.

Bloque 2: Valores, seguros y rentas: Recoge acciones, participaciones, bonos, seguros de vida o invalidez y rentas que se encuentren depositados en el extranjero. Aquí irian las inversiones en crowdlending instrumentalizadas como valores.

Bloque 3: Bienes inmuebles y derechos: Hace referencia a inmuebles y derechos reales sobre los mismos que estén localizados fuera del territorio español.

¿Tengo que presentar el modelo 720 para las inversiones crowdlending en el extranjero?

Existe una consulta vinculante que matiza qué inversiones en crowdlending en el extranjero se deben de incluir en el modelo 720:

Según la consulta vinculante V1342-18:

De conformidad con el citado artículo 42 ter. apartado 1.ii del RGAT, la cesión a terceros de capitales propios solo será objeto de declaración en el modelo 720 cuando dicha cesión sea instrumentalizada mediante valores representativos de la misma. Por tanto, si la participación en los préstamos en los que invierte el consultante a través de la plataforma de financiación participativa extranjera no está representada por valores, no estará obligado a presentar el modelo 720 por las cantidades invertidas en dichos préstamos.

consulta vinculante V1342-18

Esto quiere decir que no habrá obligación de presenter el modelo 720 para las cantidades de las inversiones en préstamos, pero sí, cuando estos están intrumentalizados en valores. Así las inversiones en la mayoría de las plataformas no correspondería incluirlas (Peerberry, Robocash, …), pero si tendríamos que incluir las de plataformas en las que estamos invirtiendo en instrumentos financieros, como son, por ejemplo, Mintos, Twino, Viainvest, Debitum, Indemo, Nectaro…

Además, según esta misma consulta vinculante:

Por otra parte, en relación los importes existentes en la entidad extranjera que gestiona la plataforma, pertenecientes al consultante, que no estén invertidos en préstamos, incluidos en la cuenta ómnibus, habrán de declararse por su correspondientes saldos a 31 de diciembre medio del último trimestre, en aplicación de lo previsto en el artículo 42.bis del RGAT, salvo que los mismos no superen los 50.000 euros. La información a suministrar, en su caso, será la prevista en el apartado 2 de dicho artículo.

consulta vinculante V1342-18

Así, se deberá de informar sobre el saldo sin invertir, mantenido en las cuentas de las plataformas de crowdlending en el extranjero, siempre y cuando corresponda presenter el modelos 720 porque se superan los 50.000 euros en el extranjero.

El saldo será el que tengas a día 31 de diciembre y la declaración del modelo 720 se realiza en Marzo.

Para rellenar el modelo 720 de forma sencilla puedes utilizar AUTODECLARO, una herramienta que genera el 720 en un solo clic.

¿Tengo que declarar las ganancias obtenidas si no las retiro de la Plataforma?

Sí, debemos declarar el beneficio obtenido cada año, aunque no saquemos el dinero de las plataformas de crowdlending.

¿Hay que declarar los bonus y las campañas de cashback? ¿Cómo tributan?

Las plataformas de crowdlending ofrecen con frecuencia incentivos económicos a sus inversores: bonos de bienvenida, cashbacks por invertir una cantidad mínima o recompensas por traer amigos a la plataforma. Su tratamiento fiscal no es el mismo para todos y depende del tipo de bonus que recibas.

1. Bonus por referidos («invita a un amigo»)

Si recibes dinero por recomendar a otra persona que se registre e invierta en la plataforma, estás ante una ganancia patrimonial no derivada de transmisión.

La Dirección General de Tributos lo aclaró en la Consulta Vinculante V1771-24, de 17 de julio de 2024: una persona que recomienda clientes a su entidad financiera a través de un «Plan Amigo» y recibe una remuneración por ello no está prestando un servicio como comisionista ni obteniendo un rendimiento del capital. Simplemente incorpora dinero a su patrimonio, lo que constituye una ganancia patrimonial según el artículo 33 de la Ley del IRPF.

Dónde declararlo en la Renta:

  • Se integra en la base imponible general (tributa a tu tipo marginal, no a los tipos del ahorro).
  • Casilla 0304«Otras ganancias y pérdidas patrimoniales no derivadas de transmisión» (apartado F1 del modelo).
  • La plataforma no practica retención, por lo que el importe no aparecerá en el borrador de Hacienda y eres tú quien debe declararlo.

⚠️ Atención con los programas híbridos: algunos programas de referidos exigen que tanto tú como la persona referida invirtáis un mínimo para cobrar el bonus. Si el bonus está condicionado también a tu propia inversión, la Dirección General de Tributos podría calificarlo como rendimiento del capital mobiliario (ver caso siguiente), ya que existe una relación directa entre tu inversión y la remuneración recibida.

2. Bonus por depositar o invertir (bienvenida, cashback por importe mínimo)

Si recibes un ingreso o regalo por abrir cuenta e invertir una cantidad mínima o por mantener tu capital invertido durante un plazo determinado, estás ante un rendimiento del capital mobiliario.

La Dirección General de Tributos lo estableció en la Consulta Vinculante V0826-06, de 26 de abril de 2006: cuando existe una relación directa entre la inversión realizada y mantenida por el contribuyente y el regalo o ingreso recibido, ese bonus está remunerando la cesión del capital y debe calificarse como rendimiento del capital mobiliario conforme al artículo 25.2 de la Ley del IRPF.

Dónde declararlo en la Renta:

  • Se integra en la base imponible del ahorro (tributa a los mismos tipos que los intereses: 19%–30%).
  • Casilla 0027«Rendimientos explícitos: intereses y otros rendimientos por cesión a terceros de capitales propios».

Cómo aparece en el extracto o informe fiscal de cada plataforma

Antes de hacer la declaración, comprueba cómo aparece en el extracto o informe fiscal anual de cada plataforma en la que inviertas. Es fundamental revisar cómo etiquetan estos conceptos, ya que cada plataforma usa su propia terminología:

Resumen rápido

Tipo de bonusBase legalBase imponibleCasilla
Por referidosCV V1771-24General0304
Por invertir / depositarCV V0826-06Ahorro0027

¿Se pueden declarar las pérdidas en crowdlending? ¿Cómo y cuándo?

Las pérdidas en crowdlending derivadas de impagos sí se pueden declarar, pero deben cumplirse requisitos legales concretos. No basta con que un préstamo esté impagado: Hacienda exige que la pérdida esté acreditada mediante alguno de los supuestos que recoge el artículo 14.2.k de la Ley 35/2006 del IRPF.

Cuándo se puede imputar una pérdida patrimonial por impago

Según el artículo 14.2.k de la Ley 35/2006 del IRPF, las pérdidas patrimoniales derivadas de préstamo vencidos y no cobrados podrán imputarse al período impositivo en que concurra alguna de estas circunstancias:

  1. Que adquiera eficacia una quita en un plan de reestructuración judicialmente homologado. Desde el 26 de septiembre de 2022, la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, sustituyó los antiguos acuerdos de refinanciación y acuerdos extrajudiciales de pago por los planes de reestructuración, regulados en el Título III del Libro Segundo del Texto Refundido de la Ley Concursal.
  2. Que, encontrándose el deudor en situación de concurso, adquiera eficacia el convenio en el que se acuerde una quita. La pérdida se computa por la cuantía de la quita. Si no se acuerda quita, la pérdida puede imputarse cuando concluya el procedimiento concursal sin que se haya satisfecho el crédito, salvo determinadas causas de conclusión previstas en la normativa concursal vigente.
  3. Que se cumpla el plazo de un año desde el inicio del procedimiento judicial distinto del concursal, que tenga por objeto la ejecución del crédito, sin que este haya sido satisfecho.

⚠️ Importante: si el préstamo se recupera posteriormente: si después de haber declarado la pérdida patrimonial el préstamo fuera cobrado total o parcialmente, el importe cobrado deberá imputarse como ganancia patrimonial en el período impositivo en que se produzca ese cobro.

Cómo aparece en el informe fiscal de la plataforma

Algunas plataformas reflejan en su extracto o informe fiscal anual los préstamos que han declarado incobrables. Búscalos bajo los conceptos «bad debt», «deuda incobrable», «pérdida de capital» o «capital loss».

Dónde declararlo en la Renta

Las pérdidas patrimoniales por préstamos vencidos e incobrables se declaran en el epígrafe F1 de la declaración (ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de transmisión de elementos patrimoniales), integradas en la base imponible general. Si tienes dudas sobre la casilla concreta, consulta con un asesor fiscal o con la Agencia Tributaria directamente.

La información anterior se basa en el artículo 14.2.k de la Ley 35/2006 del IRPF y en el Manual Práctico de Renta 2025 de la Agencia Tributaria.

¿Cómo hacer la declaración de la renta de las inversiones en crowdlending?

Las plataformas facilitan la información fiscal o documentación necesaria para que puedas añadirla a tu declaración de la renta y cumplir con hacienda. Encontrarás esta información normalmente bajo el apartado llamado: extractos, balance, statement, tax, impuestos…dependiendo de la plataforma.

declarar Mintos
Mintos declaración de la renta

Todos los intereses obtenidos a raíz del crowdlending son intereses del capital mobiliario por inversión. Así en el apartado “Rendimiento del capital mobiliario” de la declaración, en la casilla de “Intereses de cuentas, depósitos y activos financieros” (casilla 027) deberás de sumar no solo los intereses obtenidos en todas las plataformas de crowdlending sino también, intereses obtenidos en tus cuentas bancarias, etc.

declarar inversiones crowdlending en el extranjero

En este vídeo encontrarás información detallada para descargar el informe fiscal de varias plataformas de crowdlending y dónde incluir la información en la declaración de la renta.

Cómo hacer la declaración de la renta de inversiones crowdlending (Hacienda España)

¿Cómo declarar las retenciones que ya se han realizado en el extranjero?

Si la plataforma de inversión ha aplicado retenciones en el extranjero, esto podremos imputarlo en el apartado de doble imposición. En la casilla de «Deducciones por doble imposición internacional, por razón de las rentas obtenidas y gravadas en el extranjero» (casilla 588 de la Declaración de la Renta) deberemos introducir el rendimiento y las cantidades totales retenidas.

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Mintos: declaración de la renta

Mintos es una plataforma de crowdlending internacional regulada en Letonia que por normativa debe retener impuestos en origen. Si tienes residencia fiscal en España u otro país de la Unión Europea, deducirán directamente de tus ganancias un 5%.

Posteriormente, en la declaración de la renta podrás imputar lo que te han retenido, en el apartado de doble imposición, para que se aplique la deducción correspondiente y no pagues impuestos dos veces.

Esto aplica para otras plataformas con sede en Letonia como son, por ejemplo, Viainvest, Twino y Debitum.

Urbanitae: declaración de la renta

Urbanitae es una plataforma española. Cuando inviertes en esta plataforma, el promotor de la operación realizará la retención en origen sobre la rentabilidad generada, un 19%.

Estas cantidades aparecerán de manera automática en el borrador de la declaración, en el apartado de la base imponible del ahorro como rendimientos del capital mobiliario. 

En conclusión

Con las inversiones en crowdlending puedes obtener altos rendimientos, pero no te la juegues a la hora de declarar tus ganancias en crowdlending. En este artículo hemos resumido el funcionamiento de la fiscalidad del crowdlending en España de manera general. Si tienes dudas sobre cómo declarar tus inversiones en crowdlending consulta con un asesor fiscal.

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Carmen Corral

Invierto en crowdlending desde hace más de 7 años.  Este tipo de inversión fue el primero que incorporé a mi cartera, por su sencillez. Aquí y en el canal de YouTube hablo sobre mis inversiones y noticias de crowdlending.

Esta entrada tiene 76 comentarios

  1. Fran Garcia

    Si no tienes en Mintos más de 50.000€ no hace falta declarar?

    1. CarmenCorral

      Hola, Hay que declarar cualquier cantidad que se invierta en Mintos y en cualquier otra plataforma de crowdlending, desde 1 euro. Sin embargo, no habrá que presentar el Modelo 720 o Declaración de Bienes en el Extranjero si tienes menos de 50.000 euros en el extranjero, en total.

    2. Antonio

      Hola. Hay una consulta vinculante a la AEAT, la número V1342-18 referente a la obligación de presentar el Modelo 720 y dice lo siguiente «De conformidad con el citado artículo 42 ter. apartado 1.ii del RGAT, la cesión a terceros de capitales propios solo será objeto de declaración en el modelo 720 cuando dicha cesión sea instrumentalizada mediante valores representativos de la misma. Por tanto, si la participación en los préstamos en los que invierte el consultante a través de la plataforma de financiación participativa extranjera no está representada por valores, no
      estará obligado a presentar el modelo 720 por las cantidades invertidas en dichos préstamos.
      Por otra parte, en relación los importes existentes en la entidad extranjera que gestiona
      la plataforma, pertenecientes al consultante, que no estén invertidos en préstamos,
      incluidos en la cuenta ómnibus, habrán de declararse por su correspondientes saldos a
      31 de Diciembre o medio del último trimestre, en aplicación de lo previsto en el artículo
      42.bis del RGAT, salvo que los mismos no superen los 50.000 euros. La información
      a suministrar, en su caso, será la prevista en el apartado 2 de dicho artículo.

      Así que, salvo que los importes no invertidos en prestamos (Cash Drag) sumen mas de 50.000€ o que los prestamos estén representados por títulos, no habría obligación de presentar el Modelo 720.

      1. CarmenCorral

        Muchísimas gracias Antonio por tu aportación, muy valiosa para la comunidad. Gracias.

        1. Raúl

          Buenas tardes Carmen.
          No me queda claro con lo que aporta Antonio. Si se usa la plataforma Mintos para invertir en prestamos, inmobilirio hay que presentar el modelo 720 aunque no se llegue a los 50.000€ y si esos 50.000E son solo contando los que tienes en cartera sin invertir o tambien hay que incluir los que tienes invertidos.
          Muchas gracias.

          1. Carmen Corral

            El modelo 720 hay que presentarlo cuando se lleve a 50000€ en alguno de los bloques. Si no se llega a esos 50k en algún bloque, lo correspondiente a ese bloque no es necesario declararlo. Inversiones en Mintos están instrumentalizadas como valores e irian en el bloque 2. El dinero en cuenta sin invertir iria en el bloque 1.

          2. Raúl

            Muchas gracias Carmen ya tenia un lio entre instrumentalizados y no, ahora ya me queda claro.

  2. victor

    Hola, tengo una duda, he invertido en Viventor , he recibido intereses, pero como posiblemente conozcas ha habido plataformas que no estan devolviendo los prestamos como es el caso de Monify o Atlantis Financiers ¿puedo compensar esas perdidas de capital? figuran como fondos en transito pero llevan varios meses. Y a mi me parece que no los voy a recuperar.

    1. CarmenCorral

      Hola Victor, En principio para compensar las perdidas de capital hay que esperar a que la perdida esté confirmada. Por ahora el dinero de Viventor está en tránsito.

      1. Victor

        Muchas gracias por tu respuesta, imaginaba que efectivamente habrá que esperar a que se materialice la perdida, y cuando esto ocurra ¿Qué habrá que hacer? restarlo a las ganancias de intereses, o ¿existe una casilla específica para incluir estas perdidas?

        También tengo otra duda, ¿durante un tiempo Viventor realizó mal los cálculos de los intereses de demora y nos estaba pagando intereses de demora por todo el capital del préstamo , en vez de pagarlos por el capital que restaba por amortizar. Cuando se dió cuenta del error que había cometido sustrajo de los intereses la cantidad correspondiente para compensar su error. En el informe fiscal de viventor aparece una cifra negativa en un apartado que llama correcciones, ¿Qué debo hacer con esa cifra? restarla a los intereses o ponerla en alguna casilla especifica de la declaración.

        Perdona si son muchas preguntas pero espero que con tu experiencia puedas ayudarme y aclarar mis dudas.
        También agradecerte y felicitarte, ya que eres un gran apoyo para los que nos aventuramos a lanzarnos en los prestamos P2P.

        1. CarmenCorral

          Con respecto a las perdidas, no sé cómo aparece exactamente en la declaración de la renta.

          La correcciones de Viventor si no están aplicadas en el total habrá que restarlas. Si no tienes claro si, en la cifra que vas a tomar para la declaración, estas están aplicadas o no, te recomiendo que les escribas para que te lo confirmen. Ellos te pueden ayudar mejor que nadie.

          Muchísimas gracias por tu apoyo y por seguir el blog.
          Un saludo, Carmen

  3. Carlota

    En que seccion de la Renta se debe declarar los rendimentos de Bondora si son inferiores a 50.000 ?
    No he entendido.

    1. CarmenCorral

      En el apartado de intereses del capital, es el mismo apartado que para declarar los intereses que se reciben de una cuenta de ahorro.

  4. Carlota

    Muchas gracias
    Tendré de buscar en donde se queda exactamente esa línea ya que es la primera vez que lo voy a hacer.
    Supongo que tendrá opción de rellenar lo que ya ha sido retenido si la cuenta está en el extranjero para que no haya dupla tributación .. o en caso de que ya haya retención es en otro sitio ? ..
    Muchas gracias
    Y felicitaciones por la página web
    la única que contesta realmente a estas cuestiones

    Felices Fiestas 2021

    1. CarmenCorral

      Hola, Los intereses por crowdlending se declaran en capital mobiliario en la misma casilla que los interes obtenidos en cuentas de ahora. Hay pocas plataformas europeas que retenga impuestos directamente. En general, en las plataformas fuera de España que lo hacen, lo más sencillo sería presentar certificado de domicilio fiscal para que no retengan directamente y luego declararlos. Sino deberías de consultar los criterios de doble imposición entre países.

  5. Ruben

    Hola. No es exactamente lo mismo, pero en caso de crowdfunding en empresas extranjeras, sabe si es necesario presentar el modelo D-5A para cada inversión en no cotizadas además del 720 en caso de que corresponda? Muchas gracias y feliz año!

    1. CarmenCorral

      Hola Ruben, No sabría responderte a esa pregunta desconozco cómo funciona el crowdfunding.

  6. mitxel

    Hola . en las aplicaiciones de crowdfounding inmobiliario se puede entender aplicable la misma consulta vinculante a la AEAT, la número V1342-18 ( referente a la obligación de presentar el Modelo 720 «De conformidad con el citado artículo 42 ter. apartado 1.ii del RGAT, la cesión a terceros de capitales propios solo será objeto de declaración en el modelo 720 cuando dicha cesión sea instrumentalizada mediante valores representativos de la misma) ¿ esto es tanto aplicable a crowdfounding inmobiliario como a crowdlending (prestamos)? gracias !

    1. Carmen Corral

      Lo desconozco. A priori y a rasgos generales el crowdlending Hacienda lo trata como los intereses de una cuenta bancaria de ahorro.

  7. Francisco García-Legaz

    Buenas noches Carmen.
    Con tu permiso, me surge una duda:
    Si solo ingreso capital y no retiro, no sería más sabio no declarar nada hasta que no llegue el momento para aprovechar más el interés compuesto?

    Por otro lado pienso que sería una actitud más prudente: qué pasa si declaro beneficios que nunca retiro y al cabo de un tiempo tengo un gran impago/pérdida? he tributado por un dinero que nunca disfrutaré.

    Qué opinas?

    Un saludo.

    1. Carmen Corral

      En teoría hay que declarar aunque no se retire dinero. Otra cosa es lo que cada uno decida hacer.
      Las perdidas también se declaran cuando estén ya registradas como perdidas.

  8. Alejandro Castillo

    Hola Carmen, estoy haciendo la renta y este año pasado invertí en peerberry, he solicitado el tax xtatement para ver cuanto he ganado en intereses. Ya lo tengo todo y tengo que ponerlo en la casilla 27 que es: «Intereses de cuentas y depósitos y de activos financieros en general» pero tengo que poner que provienen de esta plataforma? Como lo hago? Muchas gracias

  9. Aquilino Medina Ballesteros

    Hola, no entiendo muy bien lo de declarar beneficios de los intereses que has reinvertido, y en consecuencia no retirado. Pongamos que los declaro y tributo sobre ellos aunque no los retire, que pasa dentro de 6 años cuando si los retire, los tengo que volver a declarar y volver a pagar sobre ellos? Gracias de antemano…

    1. Carmen Corral

      No, no hay que volver a declararlos, solo se declaran cuando se reciben en la cuenta no cuando se retiran. Igual que sucede con cuentas bancarias que generan intereses, esos se declaran el año que se reciben, independientemente de si se mantienen o se retiran.

  10. Jorge Grimalt

    Hola Carmen, gracias por compartir tu experiencia y conocimientos en el mundo crowdlending. Llevo unos meses invirtiendo y sigo muchos de tus consejos.
    Respecto al modelo 720 estoy considerando como computables las inversiones en Mintos, Viainvest y Debitum por tratarse de instrumentos financieros, y por otro lado NO estaría considerando las inversiones en LenderMarket, Bondster, Hive5, Income, Maclear y Fintown. (salvo los saldos en las cuentas ómnibus que sí los considero en todos los casos). Según tu experiencia coincides conmigo en considerar estas últimas 6 plataformas como no computables? Gracias de antemano

    1. Carmen Corral

      Hola Jorge, Sí, así es como lo entiendo yo, pero yo no soy experta en fiscalidad.
      Si tienes dudas te recomiendo consultar con un asesor fiscal.

  11. Salvador

    Buenas tardes Carmen, entiendo que si invierto en Viainvest, aunque sean 50 €, debo de presentar el modelo 720, no es así? Cuándo debería de presentarlo? Muchas gracias.

    1. Carmen Corral

      El modelo 720 solo es necesario presentarlo cuando el importe total de los bienes en el extranjero es mayor de 50.000€.

  12. Alberto

    Buenas tardes Carmen,

    ¿Cómo se declara en el modelo 720 el dinero depositado en las cuentas omnibus de las plataformas? Teniendo en cuenta que son cuentas generales de las que no somos titulares.

    ¿Y las inversiones instrumentalizadas? Teniendo en cuenta que pueden ser cientos de préstamos diferentes.

    Te agradecería si me puedes iluminar en este tema. Muchas gracias de antemano por tu ayuda.

    1. Carmen Corral

      Para información mucho más concreta y cómo hacer las declaraciones, te recomiendo consultar con un asesor fiscal, ya que yo no soy experta en el tema.

  13. Pablo

    Hola Carmen! gracias por aportarnos tanto.
    He empezado con Viainvest gracias a tí y me surge la duda de si me aplicaran el 5% de retención, también de si puedo hacer que no me retengan nada si envío el certificado de residencia fiscal en España.
    Otra duda que quizás conozcas es si puedo evitar hacer la declaración y pagar impuestos ya que mis ingresos son inferiores a 12 mil euros.
    Espero tu respuesta Carmen y gracias de nuevo

    1. Carmen Corral

      La retención mínima que aplica Viavinest es el 5%, no es necesario presentar ninguna documentación. No es posible reducirla. Con respecto a si puedes evitar hacer la declaración es algo que deberías de consultar con un asesor fiscal ya que depende de tu situación personal.

  14. Miguel

    Una duda respecto al modelo 720 y la frase «Esto quiere decir que no habrá obligación de presentar el modelo 720 para las cantidades de las inversiones en préstamos, pero sí, cuando estos están intrumentalizados en valores»
    La pregunta es respecto a las inversiones en Hive5. ¿En tu opinión eso son préstamos o son valores?

    Gracias,

    1. Carmen Corral

      En Hive5 se invierte en préstamos.
      Las plataforma en las que se invierte en intrumentos financieros son Viainvest, Mintos, Twino, Debitum.

  15. Min

    Hola Carmen,

    Me sabrías decir como buscar un asesor fiscal – gestor que sepa de crowdlending, para que me ayude a presentar la Renta? Me parece que la mayoría no tienen idea de lo que es..
    Gracias de antemano!

  16. Carlota

    Buenos días, Sabe si los préstamos de Bondora están instrumentalizados en valores, y por eso deben ser declarados en el modelo 720 ?
    Muchas gracias,

    1. Carmen Corral

      No, los préstamos de Bondora no son valores.

  17. David

    Hola Carmen, si durante el año he sobrepasado los 50.000 € en algún momento ya tengo que hacer el modelo 720?
    Según entiendo por el artículo, solo cuenta lo que tengas a 31 de diciembre o la media de los últimos 3 meses del año? En casi de que sea así, recomendarías, si por ejemplo tengo 55.000 €, retirar 5 o 6 mil euros los últimos 3 meses del año para no tener que realizar el modelo 720 y que el impuesto al irpf no me suba al siguiente punto?
    Muchas gracias.

  18. José

    Hola Carmen, para añadir más información de las plataformas que conozco, mi opinión es:

    .- Obligación de declarar en el modelo 720: MINTOS, VIAINVEST, DEBITUM, INDEMO, INVESDOR

    .- Sin obligación de declarar en el modelo 720 (salvo los saldos de las cuentas omnibus no invertidos): ESKETIT, PEERBERRY, INCOME, FINTOWN, VENTUS ENERGY, MACLEAR, CROWDPEAR, LANDE, HEAVY FINANCE, ROBOCASH, INRENTO, LONVEST.

    ¿Estás de acuerdo?

    Un saludo, y gracias por tus molestias.

    1. Carmen Corral

      Así es, se presenta el modelo 720 para las plataformas en las que se invierte a través de intrumentos financieros, con ISIN. También habría que incluir Nectaro No es necesario para las plataformas en las que se invierte en préstamos no instrumentalizados, sin ISIN.

  19. Marcial

    A la hora de declarar en el 720 los «Notes» de Mintos, diagmos que tengo 49 notes. ¿se introduce cada uno de ellos con su ISIN? Si es así, ¿cual es el nombre de entidad? He visto que los Notes tienen un «Issuer name» como «SIA Mintos Finance No.22» Seria ese el «Identificación de la entidad»?

    Me imagino que no seria correcto registrar los notes agrupadolos por portfoliio al que pertenecen, por ejemplo, el portfolio «Mintos strategy – Diversified». Sin embargo, en el momento que uno elija «V» como Clave tipo de bien o derecho, te obliga a introducir un ISIN en el campo «Identificación de valores». Asi que me imagino que la única manera es introducir uno para uno cada uno de los notes.

    Saludos

    1. Carmen Corral

      Así es, tendrás que indicar cada ISIN y el Issuer name o Razón social de la entidad. Para rellenar el modelo 720 de forma sencilla puedes utilizar AUTODECLARO, https://invertirenprestamosp2p.com/ir/autodeclaro una herramienta que genera el 720 en un solo clic.

  20. Tomas

    Hola Carmen
    Tengo una duda respecto a rellenar el 720 de Mitos y Viainves. ¿El limite de 50000€ seria en el bloque de cuentas o de acciones?
    Gracias

    1. Carmen Corral

      La inversiones crowdlending de las plataformas en las que invertimos a través de instrumentos financieros corresponde declararlas en el modelo 720 en el bloque de valores cuando en ese bloque se superen los 50.000euros.

  21. Marce

    Hola Carmen, y cual sería el caso de la plataforma Loanch visto que no me queda claro en cual instrumento se está invertiendo? Habrá que declararla en en modelo 720 o no (salvo el saldo de las cuenta omnibus no invertido)? Muchas gracias.

    1. Carmen Corral

      En Loanch estamos invirtiendo en préstamos directamente, no son intrumentos financiero, no tienen ISIN, por lo tanto no correspondería meterlo en el 720 según la consulta vinculante.

  22. Eduard

    Hola
    Estoy en Quanloop, Hive5, Maclear, Scramble.
    Crowmie es española y ya retiene, tengo que declarar o ya sale en el borrador?
    No he retirado nada, tengo que declarar? O solo declaro cuando retire?
    Gracias

    1. Carmen Corral

      Aunque no se retire el dinero hay que declararlo. Algunas plataformas españolas que retienen directamente de las ganancias saldrá en el borrador. En caso de que no aparezca en el borrador, habría que declararlo igualmente, introduciendo los datos manualmente.

  23. Jose Gar

    Se sigue añadiendo este 2025 en la casilla 0027 los beneficios del crowlending? gracias

    1. Carmen Corral

      Casilla 27 Rendimientos del capital mobiliario

  24. Javier Campos

    Hola. En el caso de incurrir en pérdidas en crowdlending: qué importe se declara como pérdida? Principal de los préstamos o principal más intereses devengados desde el momento del incumplimiento? El cash no invertido en la plataforma e inmovilizado tras el incumplimiento, se considera también pérdida o no está amparado por la misma ley que el principal del préstamo? Por si es de ayuda, estoy hablando de Grupper. Gracias por adelantado

    1. Carmen Corral

      Te recomiendo que consultes con un asesor fiscal para aclarar tus dudas. Pero lo primero es que para poder declarar perdidas estas tienen que estar documentadas/declaradas cómo tal, según el artículo 14.2.k de la Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, deben de cumplir esos requisitos.

  25. pedro

    Hola carmen buenas noches, Debitum al cobrar tax hay que enviar tambien el informe de residencia fiscal? o esa tax al ser solo del 5% la pongo en la casiila 0558 como impuesto satisfecho en el estranjero. y en la casilla de ganacias pongo el bruto que me ha generado no?

    1. Carmen Corral

      Debitum, al igual que las otras plataformas reguladas en Letonia, retienen el 5% a todos los residentes de la UE sin necesidad de enviar documento de residencia fiscal. En la declaración de la renta, habrá que declararla las ganancias e introducir el impuesto que ya se ha pagado en el extranjero.

  26. Pedro

    Hola Carmen buenos dias, en Sketit los gastos originados en el merado secundario, no se pueden declarar como perdinas no? es decir en el informe que genera Sketit solo pongo los beneficios generados para la declaracion no? Un saludo

    1. Carmen Corral

      No soy asesora fiscal, esto solo es mi opinión. Las compras en el mercado secundario con prima no son perdidas, simplemente hemos comprado un préstamo por un valor determinado. Si la plataforma cobra comisiones cuando vendemos en el mercado secundario, esa cantidad tampoco se considerarían perdidas, son comisiones, gastos de administración. A priori, y hasta donde yo conozco, las comisiones no son deducibles para personas físicas.

  27. Pedro

    Hola Carmen en el video queda todo bien explicado pero hay una duda que tengo en el aire: Si tengo 3 plataformas Peerberry,Robocash (No retienen) y Debitum (si retiene en pais de origen)
    En la Casilla 027 pongo los ingresos ganandos de las tres plataformas sin poner los intereses como bien dices en el video
    En la casiila 0058 pongo los ingresos ganandos de las tres plataformas + los intereses de Debitum?
    Es la pequeña dudilla que tengo.
    Muchas gracias como siempre por tus videos . Gran trabajo

    1. Carmen Corral

      La casilla 0058 solo es para «Deducciones por doble imposición internacional» como ni Peerberry, ni Robocash han retenido nada en el extranjero no corresponde ponerlas en esa casilla. Si tienes dudas te recomiendo que consultes con un asesor fiscal.

  28. Jose

    Hola Carmen,
    En su día invertí en Grupeer y Envestio, todo lo que invertí no lo pude recuperar, con lo cuál he tenido una pérdida patrimonial, pero en ningún momento llegué a reclamar nada, ya que me iba a salir más caro el collar que el perro. La pérdida de capital la asumo, pero claro al no estar en ningún proceso judicial con mi nombre, entiendo que no podría, declararlo como perdida patrimonial mobiliario, verdad?
    O si de algún modo si la empresa se ha declarado en quiebra, o no se cómo decirlo con palabras ‘legales’, la justicia por algún proceso ve que ha sido una estada y de alguna manera está condenada, no se cómo podría justificar mi pérdida con hacienda, o que presentarle o a quién pedir ésta información, y sí sería suficiente.
    Muchas gracias de antemano.

    1. Carmen Corral

      Ten en cuenta que no soy asesora fiscal. Para declarar las pérdidas patrimoniales en principio tedría que existir algún documento que lo acredite, no creo que necesariamente tenga que ser que estés tú en el proceso judicial, siempre y cuando puedas mostrar que tú tenías inversiones en esas plataformas y lo que ha sucidido con ellas. Pero eso solo es mi opinión, deberías de consultar con un asesor fiscal o con hacienda directamente.

  29. Luis

    Hola, ¿Cuándo hablamos de la casilla 027 de ingreso íntegros s erefieren a ingresos brtuos o netos (ya con retención)?

    1. Carmen Corral

      Brutos y se indica la retención en la casilla correspondiente si ha aplicado en España o en un país con tratado de doble imposición.

  30. Jose

    En caso de pérdida patrimonial, ¿en qué casilla debo de reflejarla? Gracias!

    1. Carmen Corral

      Ten en cuenta que las perdidas patrimoniales tienen que cumplir con ciertos requisitos para ser imputadas. El número de la casilla puede variar, suele estar entre 300 y 400. Si tienes dudas te recomiendo consultar con un asesor fiscal.

  31. Antonio

    Buenos días Carmen,

    En parte de este post dices: «Todos los intereses obtenidos a raíz del crowdlending son intereses del capital mobiliario por inversión. Así en el apartado “Rendimiento del capital mobiliario” de la declaración, en la casilla de “Intereses de cuentas, depósitos y activos financieros” (casilla 027) deberás de sumar no solo los intereses obtenidos en todas las plataformas de crowdlending sino también, intereses obtenidos en tus cuentas bancarias, etc.»

    No me queda claro cuando dices que también se incluyen los intereses obtenidos en cuentas bancarias, eso se referirá a cuentas bancarias extranjeras, ¿no? Ya que si yo por ejemplo tengo una cuenta remunerada en Bankinter (IBAN español), las retenciones ya se me aplican directamente.

    ¡Gracias!

    1. Carmen Corral

      Si ya aparecen no habrá que añadirlo. Lo mismo sucede con algunas plataformas de crowdlending españolas, que ya aparecerían en la declaración, por lo que no tendremos que incluirlas manualmente. Pero habrá que comprobar siempre si están o no ya incluidos.

  32. Carlos González Recio

    Hola Carmen, gracias por tu valiosa información. En breve quiero pasar a invertir, en este tipo de inversiónes, una cantidad pongamos entre 50000 y 100000€. Necesitaria asesoría sobre inversion con el tema de inversión en extranjero y tema fiscal.
    Vivo en Logroño y no encuentro nada especializado.
    ¿Alguna empresa a la que pueda recurrir?. Gracias.

  33. Javier González

    Hola!!, en la plataforma Sketitt se invierte con instrumento financiero?, no lo tengo muy claro, ya que hay un número de identificación de cada préstamo, pero no veo ningún ISIN.

    1. Carmen Corral

      No, en Esketit no se invierte a través de intrumentos financieros. Es habitual que los préstamos tengan un número de identificación, pero en este caso no es un ISIN, es solamente un número interno que les dá la plataforma para identificarlos.

  34. Jurgen

    Hay alguna lista de plataformas a las que aplicaría el modelo 720? (en caso de + de 50keuros claro)

    1. Carmen Corral

      Las plataformas reguladas en Letonia, en ellas se invierte a través de valores (instrumentos financieros). Ten en cuenta que podría haber alguna más, aunque no se haya hablado aquí de ellas.

      Mintos
      Debitum
      Twino
      Viainvest
      Nectaro
      Indemo

  35. Juan

    Hola Carmen, gracias por la información de tus artículos en la plataforma.
    Tengo una duda respecto al modelo 720, ¿es necesario crear un apunte por cada uno de los préstamos de la plataforma? En este caso Viainvest me da un ISIN (ejemplo: LVX0000LXX30) por cada uno de los préstamos que tenía a fecha 31/12/25 ¿o se puede agrupar todo en una única línea?
    Gracias

    1. Carmen Corral

      Hola Juan, Sí, habría que indicar cada ISIN. Es posible automatizarlo con autodeclaro, si tienes muchos merece la pena.

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